Comisión Delegada del Acuerdo Interprofesional de Catalunya en el Tribunal Laboral de Catalunya.


COMPETENCIAS

 

Disposición adicional cuarta del Reglamento de funcionamiento del TLC

 

Se crea la Comisión delegada del Acuerdo Interprofesional de Catalunya en el Tribunal Laboral, que estará compuesta por cuatro miembros, dos de ellos designados por Fomento del Trabajo Nacional, uno por Comisiones Obreras Nacional de Catalunya y otro, por la Unió General de Trabajadores de Catalunya.

 

Las funciones y competencias de la Comisión delegada del Acuerdo Interprofesional de Catalunya serán las siguientes:

 

a) Resolver las consultas, solicitudes y reclamaciones que el orden procedimental que se tramiten ante el Tribunal Laboral de Catalunya.

b) Velar por la legalidad del procedimiento y la legitimación de las respectivas representaciones.

c) Decidir sobre la viabilidad del procedimiento en los casos en que se originen dudas objetivas al respecto.

d) Asesorar a las delegaciones respectivas del Tribunal, cuando así lo solicite, sobre aspectos legales o antecedentes jurisprudenciales aplicables a casos concretos.

 

Comisiones Paritarias de les Delegaciones de Girona y Tarragona.

 

En Acta del Comité Paritario de Interpretación, Aplicación y Seguimiento del Tribunal Laboral de Catalunya, de fecha 28 de enero de 2010, se aprueba la constitución de Comisiones Paritarias en las Delegaciones de Girona y Tarragona con la participación de representantes sindicales y empresariales.

 

Las funciones de las mencionadas Comisiones son las siguientes:

 

1.-Resolver consultas, solicitudes y reclamaciones que de orden procedimental se tramiten ante la Delegación correspondiente.

 

2.-Velar por la legalidad del procedimiento y la legitimación de las respectivas representaciones.

 

3.-Decidir sobre la viabilidad del procedimiento en los casos en los cuales se originen dudas objetivas respecto del mismo.

 

Estas Comisiones estarán formadas por dos miembros nombrados por Fomento del Trabajo Nacional, un de CCOO de Catalunya y un de la UGT de Catalunya.

 

Las Comisiones tomarán sus decisiones de forma unánime entre todos sus miembros.